Concepto de Estado:
"Agrupación humana, fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coerción." (Derecho Constitucional e Instituciones Políticas, Andre Hauriou, Editorial Ariel, 2ª Edición, 1980, pág. 118).
"Agrupación humana, fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coerción." (Derecho Constitucional e Instituciones Políticas, Andre Hauriou, Editorial Ariel, 2ª Edición, 1980, pág. 118).
Este concepto puede ser analizado en sus distintos elementos:
1º Agrupación Humana: término sociológico que se refiere a un grupo complejo, en el sentido que es un grupo que comprende muchos otros. El Estado es una sociedad de personas naturales que constituyen el elemento humano o poblacional del mismo.
2º Territorio: el Estado lo requiere como condición, es determinado, mutable, conocido y con cierta delimitación.
3º Regido en asuntos de interés común: Se definen una serie de materias o temas públicos, que son aquellos que interesan a toda la comunidad.
4º Conjunto de autoridades dotadas de poder de coerción: se advierte una diferenciación de funciones al interior del Estado: Gobernantes (autoridades) y Gobernados (confieren legitimidad a los gobernantes). Los Gobernantes tienen facultades para hacerse obedecer en caso de no acatamiento, en último término por la fuerza (por medio de sanciones).
Elementos del Estado.
Los elementos básicos de cualquier Estado son:
1º Población (elemento humano del Estado);
2º Territorio (espacio físico);
3º Poder Político (forma de organización colectiva para lograr sus fines).
Fines y Funciones del Estado.
Si consideramos al Estado como una forma de vida social humana, políticamente organizada, resulta entonces que el Estado tiene como fin propio la construcción, conservación y mantenimiento de la comunidad política, es decir, proporcionar las condiciones necesarias para que pueda darse y subsistir la convivencia humana. En otras palabras, el fin propio y objetivo del Estado es el bien común, esto es, la satisfacción de las aspiraciones e intereses colectivos y permanentes de la comunidad.
A su vez, el Estado, en cuanto estructura cuyos elementos esenciales son el poder público, la población, el territorio y el ordenamiento jurídico, debe ejercer determinadas funciones para alcanzar la realización de sus fines, distinguiéndose tradicionalmente tres funciones fundamentales: la función administrativa o ejecutiva, la función legislativa y la función jurisdiccional.
Es importante señalar que el poder estatal es uno solo, y por ello no puede hablarse de división de poderes. Lo que sí es posible distinguir son diversas manifestaciones en que se desarrolla dicho poder. Ellas son las funciones del Estado, que corresponden a las diversas formas en que actúa el Estado en el plano jurídico, para el cumplimiento de sus tareas. Es un concepto jurídico que se encuentra relacionado con el ejercicio del poder.
La función ejecutiva tiene por objeto poner en ejecución las leyes aprobadas en el Parlamento. Esta función puede subdividirse en una función administrativa -que es aquella que ejecuta las resoluciones adoptadas en ejercicio de las competencias de gobierno, y que se relaciona con el funcionamiento de los servicios públicos, la cual se halla constitucionalmente obligada, y sólo puede ejercerse bajo el imperio de las leyes, que la dominan y limitan jurídicamente-, y una función política -o de gobierno, que es aquella vinculada a las decisiones más relevantes en la conducción del aparato público-. La función de gobierno consiste en fijar las grandes directrices de la orientación política, mediante la gestión de asuntos que afectan los intereses vitales de la comunidad, respecto de su seguridad interna, relaciones internacionales y relaciones intraorgánicas o entre poderes, actividad estatal que es discrecional, es decir, sin límites jurídicos.
La función legislativa es aquella que produce la ley, la cual se encuentra radicada en el Parlamento, órgano donde se desarrollan el debate y aprobación de los cuerpos legales, y que se estima representativo de la voluntad ciudadana, por cuanto sus miembros son elegidos por elección popular.
La función jurisdiccional tiene por finalidad expresar el Derecho, correspondiendo a los Tribunales la misión de hacer justicia resolviendo conflictos, declarando derechos y castigando a los delincuentes.